No son optimizaciones agresivas. Son derechos corrientes, que se olvidan casi siempre por el mismo motivo: nadie tiene el justificante en el lugar adecuado en el momento adecuado.
1. El IVA del carburante y de los peajes
El IVA de la gasolina es recuperable al 80 % para un turismo y al 100 % para un vehículo comercial. En los peajes, lo es íntegramente. En un año con 6.000 € de desplazamientos, el olvido se cuenta en cientos de euros.
2. La formación del directivo
El crédito fiscal por formación del directivo ya no se aplica desde el 1 de enero de 2025, pero la formación sigue pudiendo financiarse. Un directivo no asalariado cotiza a la formación profesional a través de la Urssaf, lo que le da acceso a la financiación de su fondo de seguro de formación: Agefice, FIF PL o FAFCEA según la actividad. Vale tanto para una formación en contabilidad como en idiomas o en gestión.
3. El domicilio social en casa
Domiciliar la sociedad en tu vivienda permite refacturar una parte del alquiler, los gastos comunes y el seguro, proporcional a la superficie realmente destinada. La condición es haber formalizado esa parte, no estimarla a posteriori.
4. El IVA de las facturas impagadas
Un crédito definitivamente incobrable da derecho a recuperar el IVA repercutido que ya se ingresó. Hay que aportar la prueba — reclamaciones, requerimiento formal —, lo que supone haberlas conservado.
5. Los gastos mixtos olvidados
Teléfono, conexión a internet, equipos informáticos: lo que sirve a la vez para lo privado y lo profesional es deducible a prorrata. El reflejo que falta no es fiscal, es documental: hay que poder mostrar el criterio de reparto.
- Conserva la factura, no solo el extracto bancario.
- Formaliza el reparto una vez, por escrito, en lugar de en cada ejercicio.
- Haz que revisen el primer año: los siguientes se duplican.
